Queja número 19/597
La reclamante expone ante esta Institución que su madre solicitó en julio de 2017 una revisión de su grado de dependencia. En septiembre de 2019 se dicta Resolución por la que se le reconoce un Grado III, de Gran Dependencia. Solicita que se dicte sin más demora el PIA para que pueda acceder al recurso que le corresponda.
De acuerdo con el informe recibido de la Administración interpelada, en diciembre de 2019 se dictó el PIA de la parte afectada, en el que se reconoce el derecho de acceso al servicio de ayuda a domicilio como modalidad de intervención más adecuada de entre los servicios y prestaciones económicas previstos en la normativa de aplicación para su grado de dependencia. Determinándose la intensidad del servicio de ayuda a domicilio en 70 horas mensuales de atención, correspondiendo 22 a las necesidades domésticas o del hogar, y 48 a la atención personal para las actividades diarias.
Considerando que ha quedado solucionada la queja formulada por la parte interesada, damos por concluidas nuestras actuaciones en el expediente.
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