Queja número 18/3399
La reclamante exponía que el 16 de febrero y 25 de agosto de 2017 presentó sendas reclamaciones ante la Concejalía de Transportes del Ayuntamiento de Jaén por incidentes ocurridos en autobuses de transporte urbano de esa ciudad, servicio del que era adjudicataria la empresa de Autobuses …
El día 9 de febrero de 2017, a las 13'15 horas, en la línea 15, cuando solicitó al conductor que le permitiera el acceso al vehículo por la puerta trasera porque, estando convaleciente de una intervención quirúrgica, le era imposible acceder por el torno, éste se burló y le dijo que siempre estaba alegando lo mismo, cuando la realidad era que su problema era de sobrepeso.
Eso le supuso una situación humillante e irrespetuosa en un autobús lleno de gente. Le pidió la hoja de reclamaciones y le puso dificultades para dársela. En ningún momento se disculpó. Por ese motivo presentó reclamación ante el Ayuntamiento el 16 del mismo mes, sin recibir respuesta, por lo que la reiteró el 25 de agosto, sin que hasta el momento se le hubiera contestado.
Admitida a trámite la queja nos dirigimos al Ayuntamiento de Jaén a los efectos de que se diera una respuesta expresa a la petición formulada por la interesada. En su contestación se señalaban las razones por las que, ante las versiones contradictorias de los hechos entre la reclamante y los posibles conductores y la ausencia de testigos, hubo que procederse al archivo del expediente, aunque se requirió a la empresa concesionaria para “corregir y, en su caso, adoptar medidas disciplinarias sobre aquellos/as conductores/as que no observen un trato exquisito y conforme a lo dispuesto en el Reglamento Local del Servicio, para con los/as usuarios/as del servicio.
Así las cosas, como quiera que el escrito de queja fue admitido a trámite a los efectos de que, por parte municipal, se diera respuesta a la reclamación de la afectada y ello ya se había efectuado, exponiendo asimismo las indicaciones que se habían dado a la empresa concesionaria para que no se repitieran hechos similares a los que afectaron a la interesada el día de los hechos, dimos por concluidas nuestras actuaciones.
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