La Defensoría de la Infancia y Adolescencia de Andalucía

La Defensoría de la Infancia y Adolescencia de Andalucía es una institución creada por el Parlamento de Andalucía y tiene como misión la defensa y promoción de los derechos y libertades de las personas menores de edad. Sus actuaciones son totalmente gratuitas y no requieren de ningún formalismo especial.

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Adoptan medidas ante la agresividad de un alumno en el aula específica de un centro de educación infantil y primaria

Queja número 24/2628

La presente queja fue tramitada por esta Defensoría de la Infancia y la Adolescencia de Andalucía, y Defensor del Pueblo Andaluz, en relación con las situaciones disruptivas y comportamientos de fuerza en el aula específica de un centro de educación infantil y primaria (CEIP) en un municipio de la provincia de Sevilla.

Las actuaciones emprendidas se dirigieron a requerir información ante los servicios de la Delegación Territorial de Desarrollo Educativo y Formación Profesional en Sevilla, que ha remitido un detallado informe de la Inspección con fecha 12 de julio de 2024.

CONCLUSIONES Y PROPUESTAS

En coherencia con todo lo expuesto, y reiterando lo recogido en los apartados anteriores de este informe, que se dan aquí por reproducidos, deviene obligado concluir que, salvo información a la que no haya tenido acceso esta Inspectora, se han adoptado las medidas necesarias con los recursos disponibles para que no se pusiese "en peligro la vida" (sic) del alumnado y del personal que atiende el aula específica del CEIP como se manifiesta en la queja presentada, cuya integridad física se ha indicado al centro debía priorizar en todo momento.

Sí cabe concluir que, sin menoscabo de las propuestas de mejora y del asesoramiento normativo y técnico realizado tanto por la Inspectora que suscribe como por el ETPOEP y demás profesionales implicados del Servicio de Ordenación Educativa al objeto de mejorar las estrategias de Intervención que se llevan a cabo en el aula específica de educación especial y la organización de la respuesta educativa que se da a su alumnado a fin de garantizar el ejercicio de los derechos y el cumplimiento de los deberes de todos los miembros de la comunidad educativa implicados, es necesario dotar al CEIP de un/a PTIS más a fin de atender adecuadamente las necesidades de todo el alumnado con NEAE del centro que necesite este recurso.

Finalmente, la Inspectora que suscribe informa de que, en cumplimiento de las funciones y atribuciones que le otorga la normativa vigente, llevará a cabo en el ámbito de sus competencias la supervisión y el seguimiento de cuantas actuaciones se realicen por el centro en relación con los distintos aspectos que se han puesto de manifiesto en este caso y con la implementación de las propuestas de mejora que se han hecho al respecto de las estrategias de intervención en el aula específica de educación especial del CElP”.

En atención al informe recibido desde los servicios educativos, podemos considerar que la situación planteada inicialmente ha sido sometida a estudio y consideración, y finalmente ha confirmado una situación de tensión en el aula específica que ha necesitado de un abordaje de las posibles medidas correctivas.

Por tanto, y a tenor siempre del criterio profesional y técnico de los servicios especializados del CEIP, de la Inspección y la propia Delegación, podemos considerar que la situación expresada en la queja ha quedado ratificada toda vez que se confirman determinados incidentes en el aula que reflejan los retos de comportamiento que presenta un alumno de siete años de edad.

Efectivamente, el caso ha generado una comprensible preocupación por el colectivo de familiares del alumnado que está escolarizado en la misma aula específica y que demandan una respuesta acorde a la situación creada. Más allá de las valoraciones sobre el grado de preocupación generado —que admite variadas intensidades— pretendemos incidir en el aspecto más destacable e indiscutible de la situación y es la necesaria adopción de medidas de refuerzo de profesionales específicamente orientados a la atención de estos menores en sus desempeños habituales en el aula.

En concreto, la Inspección identifica la insuficiencia de la dotación de PTIS en estas atenciones, y avanza en la necesidad de incorporar otra plaza de monitor para el centro. Estas medidas de apoyo han sido divulgadas entre las familias y se trata de confirmar que su aplicación haya supuesto un proceso de normalización ante la conclusión del curso.

Por tanto ―sin llegar a formalizar esta posición como Resolución de la Defensoría de la Infancia y la Adolescencia de Andalucía― nos posicionamos por instar la máxima agilidad en la valoración de las medidas acordadas y en promover la incorporación de una nueva plaza de PTIS al centro educativo.

Del mismo modo, es importante resaltar la necesaria información y participación hacia las familias del alumnado más afectado, como paso necesario para afrontar en sus debidos términos estos incidentes trabando la colaboración de la comunidad educativa a partir de la visibilización de medidas efectivas y comprometidas de respuesta desde los responsables educativos.

A la vista de lo actuado y de la propuesta de ampliación de las funciones de PTIS en el centro, podemos anticipar una reacción que, una vez adoptada de manera efectiva para el próximo curso, permitirá su evaluación y comprobar los efectos correctivos que se persiguen.

Procedemos pues a concluir nuestras actuaciones, confiando en que resulten útiles las medidas anunciadas para el siguiente curso evitando los supuestos que se han analizado. En todo caso, permanecemos dispuestos a desplegar las actuaciones de seguimiento que resulten necesarias.

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