RESUMEN DE HECHOS
Por noticias aparecidas en diversos medios de comunicación, esta Institución del Defensor del Pueblo Andaluz ha tenido conocimiento de que, al parecer, el pleno del Ayuntamiento de Tarifa (Cádiz) ha aprobado recientemente el Plan Parcial Sector Litoral 1 Valdevaqueros, con origen en un Plan General de Ordenación Urbana del año 1995, en el que se contempla levantar 1.400 plazas hoteleras y 350 viviendas en un entorno virgen del litoral gaditano, en la playa de Valdevaqueros.
Según los mencionados medios de comunicación, esta actuación municipal ha provocado la reacción en contra de numerosos colectivos ciudadanos y de diversas asociaciones ecologistas, que llaman la atención sobre los efectos negativos que tal proyecto va a tener sobre el medioambiente, habida cuenta que la zona en la que se prevén las edificaciones se encuentra localizada entre el Parque Natural del Estrecho y el Parque Natural de Los Alcornocales, en un lugar al parecer declarado Reserva de la Biosfera por la UNESCO.
Asimismo se señala que la ejecución del proyecto, en los términos previstos, podría acarrear consecuencias negativas para el sector turístico, habida cuenta que con el mismo se pondrían en peligro los principales atractivos de la zona: playa virgen en la que practicar deportes acuáticos vinculados al viento. A este respecto, conviene tener en consideración el reconocimiento mundial del que goza Tarifa y su playa de Valdevaqueros, como enclave difícilmente mejorable para la práctica del windsurf y del kitesurf. Pues bien, dado que la confirmación de los hechos puestos de manifiesto por los referidos colectivos ciudadanos y ecologistas podría suponer la afección negativa de derechos contenidos en el Título primero de la Constitución y en el Título primero del Estatuto de Autonomía para Andalucía, como el derecho a disfrutar de un medio ambiente adecuado para el desarrollo de la persona, el derecho a vivir en un medio ambiente equilibrado, sostenible y saludable, y el derecho a disfrutar de los recursos naturales, del entorno y el paisaje en condiciones de igualdad; que también estaría afectado un principio rector de las políticas públicas, habida cuenta que el turismo es considerado un elemento económico estratégico de Andalucía; y que son Administraciones Públicas de Andalucía la que ostentan competencias en la materia, este Comisionado del Parlamento de Andalucía ha considerado procedente iniciar actuaciones de oficio al amparo de lo precep uado en los artículos 1 y 10.1 de la Ley 9/1983, de 1 de Diciembre, del Defensor del Pueblo Andaluz y 128 del Estatuto de Autonomía para Andalucía.
En este sentido, se estima procedente dirigir escrito al Ayuntamiento de Tarifa, a la Consejería de Agricultura, Pesca y Medio Ambiente, a la Consejería de Fomento y Vivienda y a la Consejería de Turismo y Comercio, a través del cual solicitar la evacuación de informe acerca de las cuestiones planteadas que afecten a sus respectivos ámbitos competenciales.
Y para que así conste y surta los efectos oportunos, se extiende la presente en Sevilla, a 31 de mayo de 2012.
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