Desde hace un tiempo son cada vez más numerosas las quejas que presentan en esta Institución ciudadanos y ciudadanas denunciando que han sido o están siendo sometidos a un procedimiento de comprobación de valores al considerar la Agencia Tributaria de Andalucía que el valor declarado por la adquisición de un bien inmueble no coincide con el valor real de éste.
Como consecuencia de estos procedimientos de comprobación de valores se efectúa una liquidación complementaria a los contribuyentes que en algunos casos supone un incremento muy notorio de la deuda tributaria que resulta muy difícil de afrontar en estos tiempos de crisis.
Las personas afectadas se quejan de que la Administración tributaria parece ignorar las consecuencias de la crisis económica en el mercado inmobiliario, utilizando como referencia unos valores catastrales que son anteriores a la crisis del sector y aplicando a los mismos unos coeficientes correctores que en vez de adaptar el valor del bien a unos precios reales en continuo descenso, lo incrementan aun más.
Con objeto de comprobar la veracidad de las denuncias recibidas y conocer los criterios utilizados por la Administración para fijar el valor de los bienes sujetos a comprobación se ha acordado por la Institución la incoación de oficio de una queja –queja 11/5399- en el curso de la cual se ha dirigido a la Agencia Tributaria de Andalucía, con fecha 13 de febrero de 2012, una solicitud de información sobre esta delicado cuestión.
En bastantes casos, el procedimiento de comprobación de valores concluye en virtud de Resolución por la que se acuerda que efectivamente el valor comprobado es superior al valor declarado, procediéndose a liquidar al contribuyente por la diferencia existente entre ambos valores, declarado y comprobado.
Pues bien, los contribuyentes afectados por un procedimiento de esta naturaleza se quejan de que la Administración tributaria parece ignorar las consecuencias de la crisis económica en el mercado inmobiliario, destacando el hecho de que muchas compraventas se están teniendo que formalizar por un precio que en la práctica es inferior al valor fijado por la Administración.
Según exponen, la realidad actual del mercado inmobiliario está muy alejada de la que pretende imponer la Administración utilizando unos valores catastrales que son anteriores a la crisis del sector y aplicando a los mismos unos coeficientes correctores que en vez de adaptar el valor del bien a unos precios reales en continuo descenso, lo incrementan aun más.
A este respecto, resultan llamativos los casos de personas que han sido objeto de resoluciones de comprobación de valores en relación a inmuebles adquiridos en las subastas organizadas por las entidades bancarias para la liquidación del patrimonio inmovilizado que obra en su poder, por considerar esa Administración que los valores resultantes de tales subastas son inferiores a los reales de mercado. De igual modo, llaman la atención de esta institución supuestos de comprobación de valores que habrían afectado a adquisiciones de viviendas en régimen de protección oficial.
De otro lado, los ciudadanos afectados expresan también su sorpresa por el hecho de que la Administración tributaria venga precisamente ahora a mostrar tanto rigor en materia de comprobación de los valores declarados, cuando dichos procedimientos eran algo bastante excepcional en la época de bonanza económica, pese a que era notorio que como consecuencia de la burbuja inmobiliaria se declaraban con frecuencia valores de adquisición muy inferiores a los reales de mercado.
A este respecto, no entienden los ciudadanos que se aplique tanto rigor en un momento como el actual en que existe una grave crisis económica que repercute duramente en las familias y se haya sido tan tolerante en épocas de prosperidad. En este sentido, son numerosos los ciudadanos y ciudadanas que nos trasladan su inquietud por la difícil situación que tienen que afrontar como consecuencia de haber sido objeto de un procedimiento de comprobación de valores.
En la mayoría de estos casos, relacionados con operaciones de compraventa de inmuebles, los adquirentes se han visto obligados a concertar un préstamo hipotecario para hacer frente a la adquisición, asumiendo con ello unos gastos y unos compromisos de pago de las cuotas hipotecarias que les dejan en una situación económica límite y sin capacidad para afrontar el pago de las elevadas cantidades que ahora se les exigen como consecuencia de la comprobación de valores realizada por la Administración. Cantidades que no estaban incluidas en el préstamo hipotecario inicialmente concertado y cuya financiación difícilmente va a ser asumido por una entidad financiera sino es a cambio de unas condiciones crediticias muy gravosas.
En estas circunstancias, algunas familias, ante la imposibilidad de hacer frente a estas liquidaciones, ven como son embargadas sus cuentas, salarios, y hasta el bien objeto de la comprobación, que con frecuencia constituye su domicilio familiar, produciéndose así auténticos dramas familiares.
9 Comentarios
Buenos días, he heredado de mi padre un local de 23 m2, el valor catastral me viene en 30.786,12 euros, después de haber reclamado siete veces a que me revisen el valor catastral, en el catastro, en el consejo para la defensa del contribuyente por dos veces, no se me ha escuchado tengo todos los documentos de las reclamaciones. Y expongo esto porque, quisiera vender el local, pero como el ayuntamiento en Córdoba le pone un coeficiente del 2,7, quiere decir esto que lo tengo que vender por 83.122,63 euros como mínimo si no luego te viene la complementaría, y quisiera saber quién compra un local en Córdoba por 3.614 euros el m2.
Luego es una verguenza, que Andalucía se pagué más en el impuesto de sucesiones que en otras comunidades, cuando es el trabajo de toda una vida de tú padre para sus hijos y que luego te lo roben descaradamente unos inútiles para ponerse ellos los sueldos que tienen y las jubilaciones que luego les quedan, que lástima que España, en unas ciudades se pagué más que otras un impuesto que es de nuestros padres de toda una vida trabajando.
Saludos. Entendemos la situación en que se encuentra, ya que no es la primera queja que recibimos al respecto de ciudadanos que denuncian la falta de concordancia entre el valor catastral de los inmuebles y su valor real tras la crisis del mercado inmobiliario. Si desea poner una queja por la negativa a revisar el valor catastral del local tenga en cuenta que el Catastro depende del Ministerio de Hacienda que es un organismo del Estado, por lo que debería dirigir su queja al Defensor del Pueblo del Estado.
Respecto al coeficiente multiplicador que se aplica al valor catastral, debe saber que el mismo se aprueba por la Junta de Andalucía y se publica anualmente. Sobre este particular, esta Institución viene pronunciándose desde hace tiempo por la conveniencia de revisar estos coeficientes para adaptarlos a la realidad del mercado inmobiliario. Hasta la fecha estas peticiones no han sido atendidas por la Agencia Tributaria de Andalucía.
MI HERMANO YYO ESTAMOS EN LA MISMA SITUACION.NOS PIDEN 100.00 MIL A CADA UNO.LA SOLUCION ES VENDER PERO NADIE COMPRA POR PRECIOS RAZONABLES. YO QUIERO DENUNCIAR A LA JUNTA EN EL CONTITUCIONAL. EN ANDALUCIA NO SOMOS IGUAL QUE LOS DEMAS ESPAÑOLES.EN OTROS LUGARES HEREDAS, PAGAS UNOS IMPUESTOS RAZONABLES Y TE QUEDAS CON LO QUE TU FAMILIAR TE HA DEJADO. AQUI ES TAL EL ABUSO QUE TE VES OBLIGADO A VENDER RAPIDO Y MAL PARA ELLOS LLEVARSE TODO LO QUEES TUYO. QUIERO DENUNCIAR. INTERESADOS.....maricarmenrueda@hotmail.es
Lo que tienen que hacer quienes reciban una comprobación de valor realizada por el método simple consistente en utilizar el VALOR CATASTRAL y multiplicarlo por un COEFICIENTE, es presentarse en la Oficina Liquidadora y SOLICITAR UNA TASACIÓN PERICIAL CONTRADICTORIA, de modo que la Junta suspenda el procedimiento de cobro y designe un perito de la propia Administración para que de valor al inmueble. Esta valoración de la Junta luego se comunica al interesado quien por su parte presenta su tasación realizada por perito designado por él y es casi seguro que el asunto no vaya a mayores. Desde luego, tanto la valoración del perito de la administración como la tasación del perito de parte seguro que son más ajustados al precio real de compraventa y de ese modo se evitan los abusos del procedimiento antes indicado (VCxC) que resulta arbitrario. Ver art.135 Ley General Tributaria y demás normas, incluida la Resolución de 9/abril/2014 de la Agencia Tributaria Andaluza sobre honorarios de perito tercero, si hubiese que acudir a ese trámite.
Ojito con estos consejos.
Es verdad que hay que plantar cara a la Admon, pero siempre, asesorado. Se puede ir oponiéndose a las resoluciones dictadas, reservándose el derecho de acudir a la TPC, sin olvidar que, no siempre, el perito de la Admon se va a ajustar a derecho, pudiendo darse el caso de que perite por encima del valor que sirvió para la apertura del expediente TPCAJD, como ha sido mi caso..
Buenas noches. El problema es mas grave de lo que muchos creen. Tengo una inmobiliaria en Castellón, y por la sorpresa me encuentro que en 2014 revisan todas las ventas desde 2010. NO HAY NINGUN PISO en esta zona que se venda al precio de IBI sin contar el coeficiente multiplicador. En 3 día me han acercado 5 complementarias y en los próximos meses espero unas 300 -350 complementarias. Mas o menos lo vendido desde 2010. Inclusive he visto que la Hacienda pide el 40% del importe de la compra. BARBARIDADES!!! Unas valoraciones que hasta los mismos empleados de la oficina liquidadora han dicho que están fuera de orbita pero que desde arriba los obligan a mandarlo sin excepción a todo el mundo. Varios clientes han dejado de comprar y extranjeros también. Ante esta INSEGURIDAD JURIDICA del ciudadano ante la Administración hay que PROTESTAR, pero protestar de VERDAD. Tenemos que unir las voces y decir BASTA YA!!! Ya esta bien de espoliar al ciudadano.
Es una vergüenza, a mi me reclaman más de 8000€ por un piso que compre en subasta pública en 93.000 a un banco y me lo valoran en 145.000, lo cual ha hecho que pase de tener que pagar un 3,5% a un 8%
El piso provenia de una entidad de estas que hemos recatado y la entidad que la absorvio, hizo la transmisión por 83000 y oh!! que raro al banco si que le dejo pagar por 83000.
Son unos CHORIZOS, no se hasta cuando vamos a aguantar. Lo que más rabia me da es que el dinero va a ser para mantener a una turbe de enchufados e inutiles.
Estoy esperando la respuesta del recurso, pero vamos ya sabemos como funciona la justicia, porque si condenara a la administración al pago de costas e indemnización ya se lo pensaria dos veces antes de mandar estas complementarias. Pero como le sale a cuenta, si ganan se lo llevan calentito y si pierden, pues otra vez será. Y luego a salir por la tele a decir lo buenos que son con los ciudadanos.
Un Saludo,
Buenas tardes, como comentáis, somo muchos a los que nos dan la "magnifica noticia" de que tenemos que pagar mas por el impuesto de transmisiones patrimoniales, en mi caso 6100 euros mas.... esto me pilla desconcertada, ya que cuando decidi comprarme un piso (maldito momento) llame al ayuntamiento de mi pueblo y pregunte por el valor catastral, y cual seria el % que me tendria que aplicar.... a lo que elllos me contestaron que el reducido, eso mismo pensaron los del banco y hasta el mismisimo notario que el dia de la venta le pregunte sobre este y este me dijo que por ser joven y no superar los 130000 pagaria un 3.5%...en mi hipoteca tb me incluyeron los gastos de formalizacion del prestamo, ya que como muchos tengo el dinero justo cada mes.....ahora mismo no se que hacer porque no tengo el dinero y los demas donde dijo digo...dicen diego... que podria poner en mi recurso o que podria entregar....para no tner que pagar mas....me dicen en la oficina de liquidacion que me paso 300 y poco euros de 130000, aunque a mi el piso me costo 125000.
un saludo, gracias de antemano
Gracias por su aportación. Efectivamente parece que nos describe un caso como el que hemos comentado. Si desea concretar su queja, utilice el formulario que le enviamos y de nuevo gracias por su confianza.
http://www.defensordelpuebloandaluz.es/informacion/queja/sin_firma
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