La Defensoría de la Infancia y Adolescencia de Andalucía

La Defensoría de la Infancia y Adolescencia de Andalucía es una institución creada por el Parlamento de Andalucía y tiene como misión la defensa y promoción de los derechos y libertades de las personas menores de edad. Sus actuaciones son totalmente gratuitas y no requieren de ningún formalismo especial.

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El Defensor del Menor de Andalucía incide en el derecho de las niñas y los niños a ser oídos y escuchados sin discriminación alguna

El Defensor del Menor de Andalucía incide en el derecho de las niñas y los niños a ser oídos y escuchados sin discriminación alguna
  • Valora positivamente el proyecto de Ley de la Infancia y Adolescencia en Andalucía

El Defensor del Menor de Andalucía, Jesús Maeztu, ha valorado hoy muy positivamente el proyecto de Ley de Infancia y Adolescencia en Andalucía durante su comparecencia en la Comisión de Igualdad, Políticas Sociales y Conciliación. Para el Defensor “esta futura ley va a constituir uno de los hitos más importantes en la tarea del Parlamento de Andalucía para la atención y protección de los niños y niñas andaluces”.

Durante su intervención, Jesús Maeztu, ha aportado algunas reflexiones sobre este proyecto legislativo, fruto del intenso trabajo que desarrolla en defensa de los derechos y las libertades de la infancia y adolescencia en Andalucía.

Para el Defensor es fundamental el acomodo de esta Ley a las prescripciones futuras de la norma estatal de Protección Integral a la Infancia y la Adolescencia frente a la Violencia de la que recientemente se pronunció como muy importante para visibilizar los casos de violencia y proteger a los niños y las niñas con todas las herramientas posibles.

Jesús Maeztu ha propuesta una nueva redacción del artículo 3 sobre el interés superior del menor, otorgando mayor protagonismo y concreción a este principio fundamental acorde con su triple dimensión como derecho sustantivo; principio general y norma de procedimiento.

El Defensor del Menor de Andalucía ha pedido un mayor reconocimiento del derecho del menor a ser oído y escuchado sin discriminación alguna por edad, discapacidad o cualquier otra circunstancia, así como que su opinión sea tomada en cuenta y a recibir la información en un lenguaje comprensible y en formatos adaptados a sus circunstancias. Este derecho del niño a ser oído y escuchado es una de las aportaciones más trascendentes en orden a considerar al menor como sujeto de derechos, ya que supone una transformación que convierte al menor en protagonista activo.

El titular de la Institución considera que este proyecto de ley reconoce el ejercicio de este derecho, sin embargo, a su juicio, es necesario un mayor reconocimiento, teniendo en cuenta la realidad de nuestra Comunidad Autónoma como destino de cientos de niños y niñas que llegan a las costas andaluzas sin referentes familiares en busca de un futuro mejor. Sobre estos menores, el Defensor también ha señalado la oportunidad de que la futura Ley de infancia contemple de manera expresa las señaladas garantías y condiciones para la infancia migrante sin referentes familiares, destacando la importancia de incidir en los aspectos recogidos en la señalada Ley Orgánica en cuanto que para dichos menores se procurará la búsqueda de su familia y el restablecimiento de la convivencia familiar, siempre que dicha medida responda a su interés superior y no coloque al menor o a su familia en una situación que ponga en riesgo su seguridad.

Durante su exposición, Jesús Maeztu ha reclamado una mayor protección para los jóvenes que abandonan el Sistema de Protección al alcanzar la mayoría de edad. El titular de la Institución ha recomendado que la futura Ley andaluza reconozca el liderazgo del Sistema de Protección en la promoción y desarrollo de un proyecto integral de inclusión social para estos jóvenes.

El Defensor del Menor ha valorado positivamente el carácter prioritario de la reunificación familiar cuando la actuación protectora implique la separación de su entorno familiar, pero, a su juicio, es importante ampliar la regulación respecto de las garantías y condiciones en las que se deben realizar los procesos de reunificación del menor.

Asimismo ha pedido la retribución del acogimiento familiar para el sustento de los menores acogidos, sobre el que ha dicho que no puede ser concebido como una medida meramente asistencial, sino como la medida de protección más aceptable para la persona menor de edad y que evita los efectos negativos del internamiento prolongado en centros de protección. En este sentido considera que la obligación de la Administración de proteger al menor y garantizar su bienestar debe actuar en consonancia con las necesidades económicas de la familia que previamente ha declarado idónea para el acogimiento de la persona menor bajo su tutela.

Finalmente, el Defensor del Menor de Andalucía ha pedido que en la futura Ley de la Infancia y Adolescencia se contemple un mayor desarrollo de la figura de la Defensoría de la Infancia y Adolescencia en Andalucía, como garante de los derechos y libertades de estas personas menores de edad.

Han transcurrido más de dos décadas desde la creación del Defensor del Menor en Andalucía, y la experiencia y el trabajo desarrollado permiten poner de manifiesto la consolidación progresiva de la figura del Defensor del Menor de Andalucía como garante de los derechos de la infancia y adolescencia. Esta especial dedicación a los derechos de las personas menores de edad que contempla el nuevo Estatuto de Autonomía, las directrices establecidas por el Comité de los Derechos del Niño de las Naciones Unidas y el incremento de la aspiración de la sociedad andaluza por dar una mayor trascendencia y seguridad jurídica al desarrollo y protección de los derechos de los menores, son razones que han de servir para que la futura ley contemple un mayor desarrollo de esta figura.

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