Queja número 22/7264
La presente queja fue tramitada por esta Defensoría de la Infancia y la Adolescencia de Andalucía, y Defensor del Pueblo Andaluz, en relación con los recursos destinados en el comedor de apoyo para el alumnado un Centro de Educación Infantil y Primaria (CEIP) en la provincia de Córdoba.
Las actuaciones emprendidas se dirigieron a requerir información ante los servicios de la Delegación Territorial de Desarrollo Educativo y Formación Profesional en Córdoba así como ante la Dirección General de Planificación, Centros y Enseñanza Concertada. Finalmente, en el informe realizado se recoge:
“En relación con el expediente de la queja planteada por el colectivo de madres y padres del alumnado con Trastornos del Espectro del Autismo (TEA) de un Centro de Educación Infantil y Primaria (CEIP) en la provincia de Córdoba, en la que se reclama la necesidad de una monitora capacitada para la atención a este alumnado durante el servicio de comedor escolar, informamos de lo siguiente:
Una vez solicitada información al respecto a la Delegación Territorial en Córdoba, se comunica que:
El CEIP tiene asignadas 75 horas de atención de Profesional Técnico de Integración Social (3 PTIS a 25 horas) para atender al alumnado con Necesidades Educativas Especiales del centro educativo.
Con fecha de 21 de diciembre de 2022, desde la Dirección del CEIP, se solicita a la Agencia Pública de Educación (APAE) una redistribución horaria, de manera que uno de los PTIS pueda atender a este alumnado durante el servicio de comedor escolar. Dicha solicitud fue aceptada y comunicada a la empresa que presta este servicio de apoyo y asistencia escolar en los centros docentes de Córdoba.
Dicha redistribución horaria se está llevando a cabo desde el 9 de enero de 2023, considerando resuelto el problema planteado por las familias afectadas”.
En atención al informe recibido desde los servicios educativos, podemos considerar que quedan registradas las actuaciones realizadas para la atención al alumnado específico para los servicios de comedor.
Comprendiendo la lógica premura de las familias por poder lograr una respuesta acorde a las características del alumnado afectado, parece deducirse que el motivo de la queja ha sido superado y el caso ha quedado resuelto tras disponerse la cobertura del servicio de comedor en los tramos horarios indicados.
En cualquier supuesto, estamos dispuestos a realizar las actuaciones de seguimiento que resultaran necesarias.
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