Queja número 18/2751
La Administración informa que el mérito alegado ha resultado finalmente innecesario toda vez que la hija fue finalmente admitida en la escuela infantil a la que optaba.
No obstante, teniendo en cuenta que el problema planteado en la queja pueda ser común a otras personas, la Administración nos anuncia su intención de elaborar un documento aclaratorio del modo de proceder ante lo establecido en el artículo 7 de la Ley 40/2003 de 18 de noviembre, de Protección a las Familias Numerosas, que señala que el título surte efectos desde la fecha de la presentación de la solicitud. Dicho documento será remitido a todas las Delegaciones Territoriales de la Consejería.
La persona interesada expone que a causa de que el reconocimiento de su condición de familia numerosa se demore unos meses y de este modo no pueda presentar el título como mérito a computar en el baremos para el acceso a plazas de guardería para su hija.
0 Comentarios
Escribir un comentario