Queja número 15/4505
La Administración asume que la resolución le fue notificada a la interesada días después de la fecha prevista para la visita al menor, aunque este retraso en la notificación se achacaba a circunstancias ajenas al trámite administrativo. En cualquier caso, inmediatamente se le dio una nueva fecha para que la interesada pudiera ejercer su derecho de visitas, comunicando esta incidencia tanto por escrito como por vía telefónica.
La interesada expresa que tenía las visitas reguladas el tercer miércoles de cada mes, y cuando fue a verlos habían sido trasladados a otro centro, sin que se le hubiera notificado el cambio, y sin saber en que centro se encontraban, ni cuando podía ir a verlos.
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