La Defensoría de la Infancia y Adolescencia de Andalucía

La Defensoría de la Infancia y Adolescencia de Andalucía es una institución creada por el Parlamento de Andalucía y tiene como misión la defensa y promoción de los derechos y libertades de las personas menores de edad. Sus actuaciones son totalmente gratuitas y no requieren de ningún formalismo especial.

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Abrimos queja de oficio tras la espera de hora y media de ambulancia para un joven tendido en vía pública

Actuación de oficio del Defensor del Pueblo Andaluz formulada en el expediente 21/6827 dirigida a Consejería de Salud y Familias, Empresa Pública de Emergencias Sanitarias en Sevilla

El Defensor del Pueblo Andaluz inicia una actuación de oficio para interesarse por la dilación en la respuesta de la solicitud de asistencia sanitaria urgente extrahospitalaria, acaecida recientemente, cuando varios viandantes apreciaron que un hombre joven se encontraba tendido en el suelo y entraba en estado de semiinconsciencia.

En la mañana del jueves 23 de septiembre de 2021 varios viandantes acudieron a asistir a un hombre joven que se encontraba tendido en la acera a la altura del número 21 de la Calle Reyes Católicos de Sevilla que, inicialmente agitado y balbuciendo incoherencias, cayó posteriormente en un estado de semiinconsciencia.

A las 11:44 h se efectuó llamada al 112 para demandar atención sanitaria urgente y efectuado el triaje y la clasificación oportuna por el Centro de Coordinación de Urgencias y Emergencias, el operador indicó que procedía a activar un dispositivo sanitario.

Poco tiempo después se personaron en la ubicación facilitada dos patrulleros de las fuerzas y cuerpos de seguridad (policía local y policía nacional), cuyos miembros prestaron los auxilios no sanitarios (seguimiento por palpación de sus signos vitales, acomodo y cobertura de su cuerpo para que mantuviera la temperatura).

A las 13:15 h llegó el vehículo sanitario que recogió al joven para trasladarlo al Hospital Virgen Macarena de Sevilla.

A tenor de lo expuesto y sentando que esta Institución ha tenido conocimiento directo y presencial de los hechos relatados al haber acaecido el suceso ante la sede del Defensor del Pueblo Andaluz, hemos considerado obligada la intervención mediante la apertura de un expediente de queja de oficio, amparado en la autorización que a estos efectos nos confiere el art. 10 de nuestra Ley reguladora, con objeto de analizar el comportamiento de la respuesta sanitaria urgente, a través de las razones de la dilación en dispensarla en este supuesto.

De ahí que hemos solicitado de la Administración sanitaria, por un lado:

-Número de unidades móviles coordinadas por esa entidad (061 y DCCU) que estaban en servicio en el momento en el que se efectuó la demanda de asistencia,cuántas estaban disponibles para ser activadas y sus respectivas bases.

-Cuál es la dotación de unidades móviles (equipos médicos y equipos de emergencias 061) asignada habitualmente, en total y dispensando servicio de modo simultáneo, para la ciudad de Sevilla.

- Que nos traslade las horas registradas para los diversos estados que han de constar en el Centro de Coordinación desde que se recibió la primera llamada de petición de atención urgente (hora de activación, de salida, de llegada al lugar, de traslado del paciente, de entrega en el hospital y de nueva disponibilidad del equipo móvil).

- Que concrete cuál es el tiempo de respuesta protocolizado para la prioridad asignada a la demanda que nos ocupa.

Para completar el conocimiento de la cuestión que nos preocupa, hemos solicitado al centro sanitario al que fue derivado, información sobre el estado del joven evacuado al servicio de urgencias hospitalario. En este sentido, hemos solicitado la aportación de la información clínica de la asistencia sanitaria de urgencias dispensada al afectado.

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