La Defensoría de la Infancia y Adolescencia de Andalucía

La Defensoría de la Infancia y Adolescencia de Andalucía es una institución creada por el Parlamento de Andalucía y tiene como misión la defensa y promoción de los derechos y libertades de las personas menores de edad. Sus actuaciones son totalmente gratuitas y no requieren de ningún formalismo especial.

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Tras nuestra actuación, la persona pudo acceder a una vivienda de titularidad pública

Queja número 16/1538

El interesado manifestaba que era padre de familia, casado y con un hijo de ocho meses. En 2009 tuvo un accidente de trabajo por el que le quedaron secuelas en la columna vertebral que le impedían trabajar en múltiples empleos. Era pensionista, con 35 años, y cobraba una pensión de 700 euros mensuales con la que sobrevivían los tres y pagaba, además de otras cosas, el alquiler de una vivienda que estaba en muy malas condiciones con goteras, humedad, ...

Su esposa, de 24 años, también era desempleada y no percibía ninguna prestación económica.

Estaba inscrito a la lista de viviendas protegidas del municipio de Santa Elena, pero no había expectativas de nuevas construcciones de este tipo de viviendas; sí había unas cuantas construidas inhabitadas, abandonadas, y algo deterioradas, sin contador de luz e incluso citaba varias que mostraban un cartel de “se vende” aún siendo consideradas como protegidas. Reclamaba alguna de esas viviendas, ya que por su situación les hacía falta.

Contactó con el Ayuntamiento y le dijeron que habían denunciado una de las viviendas por abandono y que estaban a la espera de que actuasen las autoridades competentes para proporcionarles una vivienda digna.

En vista de lo anterior, solicitamos informe al Ayuntamiento de Santa Elena en relación a la situación de las viviendas que señalaba el interesado.

En la respuesta municipal se nos informaba que algunas estaban vacías y otras, efectivamente, con el cartel de “se vende”, pero no eran viviendas sociales sino viviendas de protección oficial (VPO) construidas por un promotor privado que las vendía directamente, conforme a las normas reguladoras del Plan Andaluz de Vivienda y Suelo, con una serie de requisitos, y para su adquisición se ofrecía por parte de la Junta de Andalucía una serie de subvenciones y ayudas, no teniendo el Ayuntamiento ninguna facultad sobre ellas.

Vista la información recibida, nos vimos en la necesidad de dirigirnos a la Agencia de Vivienda y Rehabilitación de Andalucía (AVRA) a fin de que emitiera su pronunciamiento respecto a las cuestiones planteadas.

En la respuesta emitida se afirmaba que ninguna de las viviendas aludidas era titularidad de la Agencia y se enumeraban otras de las que sí era titular, informando de la situación en la que se encontraban y manifestando que desde 2010 no se había producido ninguna nueva adjudicación de viviendas en la promoción de su titularidad. Sí adquirió la Agencia una vivienda protegida tras ejercitar el derecho de tanteo y retracto sobre la misma, la cual fue adjudicada en régimen de arrendamiento el 31 de julio de 2013 y desde entonces seguía ocupándola el mismo adjudicatario.

Tras diversas gestiones con ambas administraciones, puesto que el interesado nos manifestó que se encontraba en trámite un procedimiento de adjudicación de una vivienda protegida, en el que estaba participando, solicitamos de nuevo la colaboración del Ayuntamiento sobre los avances de dicho procedimiento.

Por otra parte, la Agencia de Vivienda y Rehabilitación de Andalucía, nos dio traslado de la existencia de otra vivienda de una promoción protegida que no habría llegado a ser adjudicada, por lo que también solicitamos a ambos organismos que se nos informara sobre las actuaciones que fueran a realizar al efecto en su respectivo ámbito de competencias.

Finalmente, la Agencia nos informó que con fecha 8 de agosto de 2019 se recibió propuesta de adjudicación a favor del interesado y que el 12 de septiembre de 2019 se realizó la entrega de las llaves, estando en trámites de formalización del contrato de arrendamiento, una vez realizaron las reparaciones pertinentes para la adecuación física de la vivienda.

Encontrándose solucionado el asunto planteado, dimos por concluidas nuestras actuaciones.

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