Queja número 16/1478
Tras la actuación del Defensor del Pueblo Andaluz, el Ayuntamiento de Córdoba impone una sanción económica por contaminación acústica a una asociación religiosa por los elevados ruidos que ocasionaba en sus celebraciones.
La interesada indicaba en su escrito de queja que frente a su vivienda celebraban sus actos religiosos una congregación evangélica. En estas celebraciones, que eran diarias, se reunían más de cien personas y en esas dos horas, con micrófonos y equipos musicales, cantaban y tocaban instrumentos musicales durante sus rezos. A ello se añadía que no sólo eran esas dos horas de rezos religiosos, sino que “Estas personas no solo vienen esas dos horas, vienen por la mañana a descargar mercancía, a lo que se paran a tocar un poco los timbales, luego sobre las 16.30 más o menos vienen a ensayar hasta la hora en la que empieza el culto, suelen venir también casi a diario a ensayar. Cuando empieza el culto sobre las 19.30 suele terminar a las 21.30, pero en muchas ocasiones suelen terminar sobre las 23 incluso las 00.30 de la noche. Luego tienen una época del año, que vienen de madrugada y están hasta las 7 de la mañana ocasionando ruidos por los rezos (…) Muchos y muchas se quedan en la calle formando grupos y hacen también ruido, tocan palmas, cantan, risas… etc. en las puertas de los vecinos”.
Llevaba así nueve años y después de varias quejas y denuncias al Ayuntamiento, siempre según la interesada “En esta última vez que han acudido a hacer mediciones de sonidos me indicó el funcionario que el nivel de decibelios alcanzados sobrepasaban con creces el nivel grave, y que ya ha dirigido su informe a Urbanismo. Esto no es la primera vez, ya se hizo hace unos 6 años obteniendo los mismos resultados (…) tengo dos hijos con edades de 9 y 6 años, empiezan a hacer sus tareas diarias y estudios, y el ruido no los deja, cuando eran bebes estos ruidos les interrumpía el sueño en muchas ocasiones. Mi rutina y mi vida ya está condicionada a ellos, esas horas intento no estar en mi casa, intento volver cuando ya no están o intento volver a casa antes de que empiecen a llegar”.
Tras admitir a trámite la queja y dirigirnos al Ayuntamiento de Córdoba, en concreto a la Gerencia Municipal de Urbanismo, ésta nos comunicó que se había dictado resolución en Diciembre de 2016 por la que se imponía una sanción económica de 1.500 euros a la entidad denunciada por infracción administrativa en materia de protección contra la contaminación acústica. Dimos traslado de esta información a la interesada para que presentara las alegaciones y consideraciones que creyera oportunas, pero al no recibir respuesta de ella entendimos que consideraba que no eran precisas nuevas actuaciones por nuestra parte por lo que procedimos al archivo del expediente de queja.
0 Comentarios
Escribir un comentario