La Defensoría de la Infancia y Adolescencia de Andalucía

La Defensoría de la Infancia y Adolescencia de Andalucía es una institución creada por el Parlamento de Andalucía y tiene como misión la defensa y promoción de los derechos y libertades de las personas menores de edad. Sus actuaciones son totalmente gratuitas y no requieren de ningún formalismo especial.

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Tras aceptar su solicitud, podrá abonar la deuda del IBI en partes y en la cuota que le corresponde

Queja número 19/4747

En relación con expediente de queja recibido en esta Institución relativo a reclamación del 100% del IBI en una copropiedad donde posee el 25%, el Ayuntamiento de Vélez Málaga, nos traslada lo siguiente:

Con fecha 29 de mayo de 2019, se presenta escrito por parte del reclamante, solicitando la división de la deuda del IBI, así como la anulación de la liquidación 365200, que grava el impuesto del ejercicio 2018 bajo su titularidad.

Con fecha 19/07/2019 se propone la baja de la liquidación reclamada, que grava el ejercicio 2018 del IBI. El ejercicio 2019 (en recibo periódico) ya ha sido informado para baja, quedando pendiente la resolución.

Con fecha 30/10/2019, bajo la resolución 8114/2019, se aprueban las liquidaciones que gravan los ejercicios 2018 y 2019, con división de la deuda entre los cuatro cotitulares catastrales y sujetos pasivos del IBI. Dichas liquidaciones se trasladan a la Tesorería municipal y están pendientes de que se notifiquen por dicho departamento a domicilios fuera de la provincia de Málaga.

Conclusión

La solicitud del señor (...) ya ha sido satisfecha, quedando pendiente algún trámite burocrático y la notificación de las nuevas liquidaciones que, gravan el hecho imponible con la división de deuda que el interesado solicitó.”

En dicho informe la Administración nos indica que le será notificada la resolución dictada en respuesta a su reclamación formulada con fecha 28 de mayo de 2019.

En consecuencia, dado que la presente queja se admitió a trámite únicamente a los efectos de romper el silencio administrativo existente a la referida reclamación, a la vista de la información recibida, nos vemos obligados a dar por concluidas nuestras actuaciones en el expediente de queja.

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