La Defensoría de la Infancia y Adolescencia de Andalucía

La Defensoría de la Infancia y Adolescencia de Andalucía es una institución creada por el Parlamento de Andalucía y tiene como misión la defensa y promoción de los derechos y libertades de las personas menores de edad. Sus actuaciones son totalmente gratuitas y no requieren de ningún formalismo especial.

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Tendrán en cuenta su situación para programar su operación en un plazo breve

Queja número 16/6491

Se anuncia la intervención de forma inminente.

El interesado nos pone al corriente de su itinerario asistencial en relación con su padecimiento urológico, el cual se ha prolongado durante varios años, salpicándose de sucesivas esperas.

En este sentido relata que fue sometido a tres biopsias prostáticas que no ofrecieron resultados anómalos, pero por la elevación de los marcadores correspondientes al final tuvieron que hacerle una RTU, la cual determinó un padecimiento de adenocarcinoma de próstata, del cual fue intervenido en noviembre de 2013.

Con posterioridad presentó problemas de retención urinaria que intentaron resolverse con múltiples dilataciones, al tiempo que fue remitido para tratamiento de radioterapia, sin que el primero llegara a solucionarse, por lo que se le recomendó una nueva intervención.

Igualmente se le ha generado una hernia inguinal gigante que de la misma manera debe ser intervenida.

Ha venido tratándose en el hospital Virgen Macarena, donde fue inscrito en registro de demanda quirúrgica para ambas operaciones, aunque se le anunciaban en ambos casos períodos prolongados de espera, a su entender incompatibles con la situación que actualmente presenta.

En dicho centro únicamente le ofrecieron la posibilidad de que, en caso de llevarse a cabo con antelación la operación de hernia, un urólogo pudiera participar en la misma para librarle de las adherencias que le han quedado en la vejiga.

Tras generársele una falta de confianza en los facultativos que le han venido atendiendo, instó su asistencia en el centro hospitalario Virgen del Rocío a través de su médico de cabecera, y definitivamente fue operado de su problema urológico el pasado mes de julio, al tiempo que se le recomendó que la intervención de la hernia se llevara a cabo también en el mismo centro, por las posibles complicaciones que pudieran surgir.

En este orden de cosas se le anunció una demora de nueve meses para poder ser atendido por el cirujano, aunque al final asistió a su consulta en el mes de noviembre, cuando se ha generado de nuevo la inscripción en el registro de demanda quirúrgica, y se le ha indicado literalmente que no podrá ser intervenido antes de seis meses.

Aun reconociendo que dicho plazo coincide con la garantía de tiempo máximo para estas operaciones, el interesado estima que su estricta aplicación no responde a criterios de humanización en su caso, a la vista del tortuoso recorrido asistencial que ha seguido, y reclama al menos que se otorgue a su demanda de atención algún criterio de prioridad, pues al fin y al cabo él ya ha soportado la espera quirúrgica correspondiente en el hospital Macarena, solo que por error, al parecer no ha ejercido la libre elección de centro para la práctica de la intervención que consideramos, con lo que hubiera conservado la antigüedad en aquella, sin necesidad de reiniciar todo el proceso.

Interesados ante la Administración sanitaria, se recibe informe en el que se nos dice que el interesado fue visto en consulta de cirugía el 16.11.2016, y que tras diagnóstico de hernia inguinal bilateral, fue inscrito en el registro de demanda quirúrgica, llevándose a cabo la valoración de anestesia el 27.12.16.

Se refiere por otro lado la falta de constancia de los antecedentes que apunta para justificar la priorización de su intervención, pero también se afirma que se tendría en cuenta su situación para la programación de la operación en un plazo breve.

A la vista del tiempo transcurrido desde entonces confiamos en que aquella ya haya sido llevada a cabo a satisfacción, y por este motivo vamos a concluir nuestras actuaciones en este expediente, considerando que el asunto que motivó su comparecencia ante esta Institución se ha solucionado, sin perjuicio de haberle emplazado para que en caso contrario pueda volver a dirigirse a nosotros.

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