La Defensoría de la Infancia y Adolescencia de Andalucía

La Defensoría de la Infancia y Adolescencia de Andalucía es una institución creada por el Parlamento de Andalucía y tiene como misión la defensa y promoción de los derechos y libertades de las personas menores de edad. Sus actuaciones son totalmente gratuitas y no requieren de ningún formalismo especial.

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¿Se evalúa el impacto de las normas que afectan a la población menor?. Actuamos de oficio

Actuación de oficio del Defensor del Pueblo Andaluz formulada en el expediente 16/2871 dirigida a Consejería de Igualdad, Salud y Políticas Sociales, Dirección General de Infancia y Familias

RESUMEN DEL RESULTADO (CIERRE DE QUEJA DE OFICIO)

 La Administración informa que, en cumplimiento de lo establecido en la Ley8/2003, de 29 de diciembre, por la que se aprueban medidas fiscales y administrativas y en el Decreto 103/2005, de 19 de abril, por el que se regula el informe de evaluación del enfoque de derechos de la infancia en los proyectos de ley y reglamentos que apruebe el Consejo de Gobierno en Andalucía, y con la finalidad de garantizar la legalidad, acierto e incidencia de los proyectos normativos con el respeto de los derechos de los niños reconocidos en la legislación vigente, se han dictado los preceptivos informes a cada uno de los proyectos normativos presentados, aportando, en su caso, sugerencias de mejoras destinadas a incrementar la calidad de la atención a la infancia en Andalucía.

En este sentido, se indica que desde el año 2005 se han emitido un total de 211 informes solicitados por otros centros directivos, sin que en ninguno de los proyectos normativos presentados se haya advertido vulneraciones significativas de los derechos de las personas menores de edad.

De la información dada con anterioridad se concluye que el número total de informes solicitados por otros centros directivos ha sido de 211.

Este número coincide con el número de informes emitidos por parte de esta Dirección General desde el año 2005.

En cualquier caso, se manifiesta por la Administración que en ninguna de la normativa analizada se han detectado vulneraciones significativas de los derechos de los menores y las observaciones realizadas han sido recomendaciones dirigidas a incluir mejoras en dichos textos normativos destinadas a incrementar la calidad de la atención a la infancia en Andalucía.

10-10-2016 APERTURA DE LA QUEJA DE OFICIO

La aplicación de la Convención de los Derechos del Niño, ratificada por el Estado español en 1990, supone numerosos desafíos en distintos ámbitos como son el cultural, económico, social, político o legislativo, y además de ello, requiere un proceso continuo de valoración de los efectos de las medidas que los poderes públicos adopten relativas a los niños, niñas y adolescentes.

La Observación General Nº 5 del Comité de los Derechos del Niño (2003) sobre medidas generales de aplicación de la Convención destaca la importancia de tener establecido un proceso continuo de valoración de los efectos sobre los niños con el propósito de que el interés superior del menor sea una consideración primordial a la que se atiende, y para que todas las disposiciones de la Convención se respeten al promulgar disposiciones legislativas. Una valoración que prevea las consecuencias de cualquier proyecto de ley, propuesta política, o asignación presupuestaria que afecte a los menores de edad y al disfrute de sus derechos.

Añade el Comité en la citada Observación que el proceso de evaluación ha de ser incorporado a todos los niveles de gobierno y lo antes posible, en la formulación de políticas públicas.

Posteriormente, en el año 2010, el Comité de los Derechos de Niño de Naciones Unidas recomienda a España que adopte todas las medidas adecuadas para asegurarse de que el principio de interés superior del niño oriente todas las medidas y decisiones que adopten los gobiernos central y autonómicos en relación con las disposiciones jurídicas, así como las decisiones judiciales y administrativas, que repercutan en los niños.

Desde dicha fecha, han sido varias las recomendaciones de entidades dedicadas a la infancia que proclaman la conveniencia y necesidad de contar con instrumentos de valoración de las normas y políticas públicas que afectan a menores. Así, en 2012 UNICEF Comité Español y Save The Children señalaron que un mecanismo de valoración previa del impacto de las decisiones normativas sería una herramienta necesaria para tener en cuenta el interés superior de la infancia en los procesos de toma de decisiones, para mitigar o neutralizar los efectos negativos y para potenciar los positivos que estas decisiones tiene sobre ellos.

A nivel europeo, la Recomendación de la Comisión Europea de 20 de febrero de 2013 Invertir en la infancia: romper el ciclo de las desventajas hace mención, en varias ocasiones, a la importancia de evaluar el posible impacto de las políticas en los niños, las niñas y sus familias.

Tomando en consideración estas propuestas, el II Plan Estratégico Nacional de Infancia y Adolescencia 2013-2016, aprobado el 5 de abril de 2013, contiene una medida dirigida a incorporar en la memoria del análisis de impacto normativo que acompaña a todos los Proyectos de Ley y de reglamentos un informe sobre su impacto en la infancia.

Para dar cumplimiento a la demanda de la Comisión de los Derechos del Niño así como a los criterios de la Unión Europea, la Ley por la que se aprueban medidas fiscales y administrativas instaura el análisis de la perspectiva de los derechos de los niños y las niñas de Andalucía en la definición del conjunto de las políticas públicas, operando como elemento de transversalidad que asegure el respeto en nuestra Comunidad Autónoma de la Convención de los Derechos del Niño.

En este contexto, la Consejería impulso en el año 2005 el Decreto por el que se regula el Informe de Evaluación del Enfoque de Derechos de la Infancia. Se trata de un instrumento que garantiza la legalidad, acierto e incidencia de los proyectos de ley y reglamentos cuya aprobación corresponda al Consejo de Gobierno y que sean suceptibles de repercutir en sobre los derechos de los niños y niñas, y de este modo ayude a mejorar la situación de éstos, de modo que puedan gozar plenamente de sus derechos y constituir una sociedad que los reconozca y respete.

Conforme a la norma andaluza, corresponde a la Dirección General de Infancia y Familias evaluar el informe de evaluación del enfoque de los derechos de la infancia que los distintos centros directivos de la Administración autonómica le soliciten expresamente en aplicación del Decreto.

Por otro lado, la reciente reforma en materia de legislación de la infancia y adolescencia realizada vuelve a insistir en la necesidad de contar con un informe de impacto en los términos señalados, y así bajo el título de impacto de las normas en la infancia y en la adolescencia, preceptúa que las memorias del análisis de impacto normativo que deben acompañar a los anteproyectos de ley y a los proyectos de reglamentos incluirán el impacto de la normativa en la infancia y en la adolescencia.

Esta Institución, en su condición de Defensor del Menor de Andalucía, ha tenido ocasión de poner de relieve en distintos foros las bondades de contar con este instrumento de evaluación ya que el mismo permite dar visibilidad a los intereses y necesidades de los niños en los procesos de toma de decisiones así como mejorar la calidad y cantidad de información para quienes tienen la tarea de adoptar las decisiones. Y ello sin olvidar que con el proceso de evaluación se puede anticipar las consecuencias negativas y costosas antes de la aplicación de las normas o también mejorar la coordinación de las políticas públicas que afectan a menores.

Sobre la base de lo señalado, hemos decidido iniciar, de oficio, el presente expediente de queja a fin de comprobar el grado de cumplimiento y aplicación del Decreto 103/2005, de 19 de abril, por el que se regula el Informe de Evaluación del Enfoque de Derechos de la Infancia en Andalucía.

18-12-2016 CIERRE DE LA QUEJA DE OFICIO

La Administración informa que, en cumplimiento de lo establecido en la Ley8/2003, de 29 de diciembre, por la que se aprueban medidas fiscales y administrativas y en el Decreto 103/2005, de 19 de abril, por el que se regula el informe de evaluación del enfoque de derechos de la infancia en los proyectos de ley y reglamentos que apruebe el Consejo de Gobierno en Andalucía, y con la finalidad de garantizar la legalidad, acierto e incidencia de los proyectos normativos con el respeto de los derechos de los niños reconocidos en la legislación vigente, se han dictado los preceptivos informes a cada uno de los proyectos normativos presentados, aportando, en su caso, sugerencias de mejoras destinadas a incrementar la calidad de la atención a la infancia en Andalucía.

En este sentido, se indica que desde el año 2005 se han emitido un total de 211 informes solicitados por otros centros directivos, sin que en ninguno de los proyectos normativos presentados se haya advertido vulneraciones significativas de los derechos de las personas menores de edad.

De la información dada con anterioridad se concluye que el número total de informes solicitados por otros centros directivos ha sido de 211.

Este número coincide con el número de informes emitidos por parte de esta Dirección General desde el año 2005.

En cualquier caso, se manifiesta por la Administración que en ninguna de la normativa analizada se han detectado vulneraciones significativas de los derechos de los menores y las observaciones realizadas han sido recomendaciones dirigidas a incluir mejoras en dichos textos normativos destinadas a incrementar la calidad de la atención a la infancia en Andalucía.

 

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