La Defensoría de la Infancia y Adolescencia de Andalucía

La Defensoría de la Infancia y Adolescencia de Andalucía es una institución creada por el Parlamento de Andalucía y tiene como misión la defensa y promoción de los derechos y libertades de las personas menores de edad. Sus actuaciones son totalmente gratuitas y no requieren de ningún formalismo especial.

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Resuelven el recurso que se entendía desestimado por silencio administrativo relativo a la denegación de la ayuda al alquiler 2017

Queja número 19/2885

Con base en el informe recibido, la documentación que obraba en la queja y la normativa que resultaba de aplicación al presente caso, esta Institución en virtud del artículo 29 de la Ley 9/1983, de 1 de diciembre, del Defensor del Pueblo Andaluz, formuló Resolución a la Delegación Territorial de Fomento, Infraestructuras, Ordenación del Territorio, Cultura y Patrimonio Histórico en Málaga, en el sentido de que se procediera a emitir la resolución expresa que correspondiera al recurso potestativo de reposición presentado por la interesada con fecha 8 de abril de 2019 y se dotasen de los medios precisos, como una mayor dotación de medios personales, de forma que pudieran resolverse los recursos administrativos en un tiempo razonable y respetando los plazos establecidos por su normativa reguladora.

Como respuesta a dicha Resolución, se nos informó, en síntesis, que el recurso de reposición iba a ser estimado, sin embargo, hasta que no se efectuase la dotación presupuestaria necesaria no podrían emitir la resolución expresa a fin de no crearle a la interesada expectativas hasta que no se dispusiera de los fondos económicos.

A la vista de tal información, entendimos que se había aceptado los contenidos esenciales de nuestra Resolución y procedimos a dar por concluidas nuestras actuaciones.

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1 Comentarios

Ricardo (no verificado) | Febrero 20, 2020

Buenos días.
Es sorprendente como la administración prefiere no contestar un recurso de reposición, debería hacerlo siempre, y dejar a la solicitante en la incertidumbre perpetua a contestar. Deben contestar estimándolo o no pues eso es lo que quiere saber la señora y si, no hay dotación, emplazar el pago en la contestación para más adelante.
Encima le dice al DPA que no lo contesta para no crear expectativas a la interesada. ES DE ÓRDAGO el recochineo. Para mi esto es casi tortura, dejar a una persona a sabiendas en el desconocimiento y encima decirle que no le contestan por hacerle un bien, claro; que sabrá ella (aunque sea ella quien nos está preguntando con el recurso), menos mal que estamos aquí nosotros,... pobrecilla.
Un saludo.

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