La Defensoría de la Infancia y Adolescencia de Andalucía

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Propondrán nueva denominación del IES "Tolosa" de acuerdo a la Memoria Democrática

Queja número 17/2318

La queja indicada se tramitó para conocer los argumentos que mantenían la denominación de un centro educativo sin atender los contenidos de la legislación sobre memoria democrática. Tras la tramitación de la queja, el Defensor del Pueblo Andaluz acordó dirigir resolución a la Consejería de Educación en la que se concluía:

Recordatorio del deber de cumplir los preceptos de legalidad constitucional y ordinaria que hemos referido en la parte expositiva.

Recomendación, a fin de que se promueva una identificación del IES de La Línea de la Concepción acorde con la normativa reguladora de la Memoria Histórica y Democrática.”

En su respuesta dicha Consejería nos informó que:

La propia Dirección General de Memoria Democrática nos ha comunicado que está tramitando un Decreto en el que se regularán, entre otras cuestiones, los aspectos procedimentales de creación de un Comité Técnico que pueda valorar problemas como el aquí planteado entrando en el fondo del asunto.

Una vez se haya constituido dicho Comité Técnico esta Consejería le elevará, para su consideración e informe, las denominaciones específicas de los centros docentes que pudieran contravenir la Ley 52/2007, de 26 de diciembre, o la Ley 2/2017, de 28 de marzo, y, en caso de que los informes emitidos así lo indiquen, se procederá a instar a los centros afectados para que las modifiquen.

En el caso concreto del IES “Tolosa”, dado que aún no está constituido dicho Comité Técnico y teniendo en cuenta la Recomendación realizada por el Defensor del Pueblo Andaluz, esta Dirección General sugiere, salvo criterio en contra de ese Gabinete, solicitar a la Delegación Territorial de Educación de Cádiz que inste a la Dirección del Instituto a proponer a su Consejo Escolar un cambio en la denominación específica del centro que dé satisfacción al Foro por la Memoria del Campo de Gibraltar, que siga la Recomendación del Defensor del Pueblo Andaluz y que tenga en cuenta lo dispuesto en el art. 32 de la Ley 2/2017, de 28 de marzo, ley que no pudo ser tenida en cuenta por el centro cuando realizó el anterior cambio de denominación específica por no haber sido aún promulgada.”

Entendiendo pues aceptada por la Consejería de Educación la resolución dirigida, procede dejar constancia de dicha colaboración y concluir nuestras actuaciones en el presente expediente de queja. En todo caso, continuaremos atentos a la evolución del caso y a la aplicación de los criterios anunciados en orden a la modificación final de la denominación del Centro en Algeciras.

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