La Defensoría de la Infancia y Adolescencia de Andalucía

La Defensoría de la Infancia y Adolescencia de Andalucía es una institución creada por el Parlamento de Andalucía y tiene como misión la defensa y promoción de los derechos y libertades de las personas menores de edad. Sus actuaciones son totalmente gratuitas y no requieren de ningún formalismo especial.

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Los puntos de encuentro familiar contarán con una Carta de Servicios para evitar diferencias provinciales

Queja número 15/5780

La Administración informa que se va a trabajar para la mejora en la calidad de los servicios que se prestan en los Puntos de Encuentro Familiar y que, por ello, asumirá la realización de la carta de servicios desde una dimensión autonómica, ya que el servicio que se presta debe ser el mismo en toda Andalucía.

Una persona usuaria de un Punto de Encuentro Familiar de Sevilla, exponía que el Punto de Encuentro Familiar (PEF) actuaba de forma sesgada en su contra, emitiendo informes al Juzgado sobre el desarrollo de las visitas de su hijo con el padre que le perjudicaban. Se quejaba también de que el PEF remitía información al padre de la que ella solo tenía conocimiento posteriormente a través del juzgado y que había querido dejar constancia de sus quejas o reclamaciones en el PEF y no le habían admitido la posibilidad de presentarlas.

En el curso de la tramitación del expediente de queja solicitamos la emisión de un informe a la Dirección General de Justicia Juvenil y Cooperación, en el cual se nos decía que el Servicio de Justicia de Sevilla había observado que en el expediente que afectaba a la interesada se habían producido por parte del PEF incidencias relativas a la forma y fecha de emisión de los informes al Juzgado que pudieran crear una imagen no fiel a la realidad, y que por ello se mantuvo una reunión con el personal técnico del PEF dando instrucciones de mejora sobre el modo y forma de emitir dichos informes, avanzando la intención de efectuar un seguimiento de sus actuaciones con la finalidad de comprobar si, efectivamente, las referidas instrucciones se estaban llevando a cabo.

Tras trasladar un extracto del informe recibido a la interesada, ésta nos respondió reiterando su queja en relación con la intervención del PEF, señalando que su actuación seguía siendo sesgada en su contra, contraviniendo los principios de neutralidad en su intervención establecidos en la normativa.

Así pues, ante la reiteración de la queja por parte de la interesada y tras dejar transcurrir un período de tiempo indispensable para que se efectuara la labor de seguimiento que se nos anunciaba, solicitamos de la Dirección General la emisión de un nuevo informe sobre el resultado de la supervisión realizada al PEF para garantizar que su intervención se ajustase al encargo institucional y a las concretas instrucciones recibidas para solventar los problemas detectados.

En este nuevo informe se señala que tras valorar la actuación del PEF, y demás documentación aportada por la entidad gestora del recurso, como son los informes de seguimiento, se constata la subsanación de las deficiencias e irregularidades detectadas inicialmente, del mismo modo que se han respetado los plazos de emisión establecidos por la disposición judicial. A lo expuesto se añade que de la lectura de los informes efectuados por el PEF no se aprecia subjetividad ni aspectos que pudieran poner en cuestión el principio de neutralidad que debe regir la elaboración de dichos informes.

En congruencia con esta información, hemos de entender que el problema planteado en la queja ha quedado solventado o que al menos se encontraría en vías de solución, todo ello gracias a los controles e instrucciones emanadas de la Administración competente para la dirección y supervisión del correcto funcionamiento de dicho servicio público.

Tras congratularnos por esta solución, hemos de entrar a valorar otra de las cuestiones que de forma colateral al problema principal nos planteaba la interesada en su queja, cual era el hecho de no haber podido presentar en las mismas dependencias del PEF una hoja de reclamación para dejar constancia de su disconformidad con su modo de funcionamiento.

Por todo lo expuesto formulamos la siguiente:

SUGERENCIA:

"Que se acometa la elaboración y posterior aprobación de las Cartas de Servicios relativas a los Puntos de Encuentro Familiar de Andalucía, en las cuales deberá figurar claramente detallado, a disposición de la ciudadanía, las formas de presentación de las quejas y sugerencias, así como los plazos de contestación y efectos de las mismas”.

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6 Comentarios

Yeray (no verificado) | Diciembre 18, 2020

Hola buenas noches, mi hijo de 6 años es la tercera vez k lo llevo al pef, yo tengo la custodia del menos, me comentan k las trabajadoras sociales, me comentan k son imparciales, pues no es sierto, hoy estuvo mi hijo llorando durante una hora y le comenta a mi hijo k tiene k estar con su madre le guste o no, hasta k punto es legal todo esto, k cuando lo traje a la casa le tuve k poner aerosoles ya k es asmático crónico, gracias.

El DPA responde | Diciembre 23, 2020

Hola Yeray,

Los Puntos de Encuentro Familiar (PEF) es servicio que presta la Administración de la Junta de Andalucía por derivación judicial en procesos y situaciones de separación, divorcio u otros supuestos de interrupción de la convivencia familiar, cuando las relaciones familiares son de difícil cumplimiento o se desenvuelven en un ambiente de alta conflictividad, y con el fin de cumplir con el régimen de visitas acordado y establecido por resolución judicial. Tienen la finalidad de servir de espacio neutral en el que se presta atención profesional multidisciplinar para garantizar el derecho esencial de las personas menores de edad a relacionarse con sus personas progenitoras y familiares. Están regulados por el Decreto 79/2014, de 25 de marzo, por el que se regulan los Puntos de Encuentro Familiar de la Junta de Andalucía, publicado en el BOJA núm. 69, de 9 de abril de 2014.

Uno de los principios que lo regula, el de neutralidad, dice que las funciones desarrolladas en los Puntos de Encuentro Familiar se prestarán con objetividad e imparcialidad, sin emitir juicios de valor ni dejar interferir en las mismas sus propias creencias, valores y circunstancias personales.

Si crees que el personal que presta sus funciones en el PEF al que asistes no cumple ese principio, debes ponerlo en conocimiento de la Consejería de Turismo, Regeneración, Justicia y Administración Local de la que depende. Si no recibes respuesta o, en caso de recibirla, no estás conforme con la misma, puedes, si lo deseas, ponerte en contacto con nosotros para poder ayudarle en el siguiente enlace.

Saludos,

Maria (no verificado) | Junio 9, 2020

En el Juzgado No 4 de Sueca, Valencia hicimos un acuerdo para poder ver a mi nieta Natalie que tiene 13 años, esto fue en abril del 2017 el acuerdo fue visitas en un Punto de Encuentro Familiar en Gandia, fue relativamente un engaño puesto que me mintieron al esplicarme lo que era el PEF. Luego me encontre que veria a Natalie una hora al mes y comenzamos en Agosto del 2018. Cada vez la relacion va de mal en peor llevamos dos años casi y Natalie tiene el Sindrome de Alineacion Parental manipulada por su madre. En estos dos años soño ha habido un informe el cual dice que yo estoy muy atenta con Natalie pero que la niña esta muy influenciada por la madre en contra de la familia Paterna, tampoco ve a su padre desde hace 6 años porque la madre se opone. Voy a decirle al abogado que presente un escrito en el Juzgado solicitando la nulidad de las visitas. La psicologa que hay alli solo se limita a scucher lo que decimos y se sienta con su ordenador a hacer sus cosas pero no tenemos ninguna terapia para nada.encuentro ese lugar perjudicial para Natalie y para mi es poco acogedor, no hay privacidad, y Natalie dijo claramente que su madre no queria saber nada de nosotro( su familia paterna). que si tan dificil era de comprender. tambien me prohiben hablar de mi familia a Natalie. Es inconcebible. es un lugar para personalmente cerralo por la situacion tan amrga que sufren los menores.

El DPA responde | Junio 10, 2020

Buenas noches María. Como sabrás, esta página web pertenece al Defensor del Pueblo Andaluz, organismo que fiscaliza las actuaciones de la Administración pública de la Comunidad Autónoma de Andalucía, por lo que no tenemos competencias sobre los servicios o Administraciones de otras Comunidades Autónomas. Si encuentras alguna irregularidad en el Punto de Encuentro Familiar de Gandía, te sugerimos que lo pongas en conocimiento del Síndic de Greuges de la Comunidad Valenciana donde te podrán ayudar. Gracias y un saludo

Eva Romero (no verificado) | Septiembre 8, 2017

Tengo un punto de encuentro en que hemos acudido en cuatro ocasiones ,y veo que no se está siendo parcial no llevando las cosas bien bajo mi punto de vista tengo más o menos la misma situación que en mi domicilio donde se hacían las visitas ,nos tienen ayi una hora cada vez que vamos con mi hija llorando con atakes de ansiedad ,cuando se ponen dos familiares de mi hija más las chicas que trabajando ayi a decirle una y otra vez de que se vaya ..... mi hija no quieren que la tomen ni sikiera lleva sin irse con su padre muchísimo tiempo ,por eso e propuesto al juzgado de que sea por fases el régimen de visitas por el bienestar de mi hija ,que ya es cosciente de lo que pasa ... lo estamos pasando faltan cada vez que nos toca ir !!! Y ver cómo las chicas que trabajan ayi no están haciendo informenes donde expongan todo lo que realmente pasa veo muchos privilegios con la otra parte donde yo veo que es mi hija la que lo pasa mal !!! Me podéis ayudar ?

El DPA responde | Septiembre 11, 2017

 

Hola Eva. Con respecto al problema que nos trasladas puedes poner una hoja de reclamación en el mimo punto de encuentro familiar y/o podrías realizar la reclamación a la Delegación de tu provincia de la Consejería de Justicia e Interior, dirigida a la Dirección General de Justicia Juvenil y Cooperación que es la que tiene las función de - organización y gestión de los puntos de encuentro familiar -. Si no te responden o si la respuesta no la consideras procedente, puedes trasladarnos un escrito de queja para que podamos actuar. Estos son los pasos que te aconsejamos que des, pero también puedes dirigirnos directamente el escrito de queja a nosotros y nos dirigiremos a la Administración en tu nombre. Para trasladarnos un escrito de queja puedes hacerlo a través del correo electrónico defensor@defensor-and.es o bien vía web (adjunto enlace al final). Recuerda, en el casos de que decidas trasladarnos el escrito de queja que debe estar perfectamente firmada y, de igual forma, debes adjuntar una vía de contacto contigo para informarte de las actuaciones que realicemos. Gracias y esperamos poder ayudarte. Un saludo 

http://www.defensordelpuebloandaluz.es/el-defensor-a-un-clic

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