La Defensoría de la Infancia y Adolescencia de Andalucía

La Defensoría de la Infancia y Adolescencia de Andalucía es una institución creada por el Parlamento de Andalucía y tiene como misión la defensa y promoción de los derechos y libertades de las personas menores de edad. Sus actuaciones son totalmente gratuitas y no requieren de ningún formalismo especial.

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Logra respuesta a recurso de reposición contra providencia de apremio

Queja número 19/1196

En relación con expediente de queja recibido en esta Institución relativo a Recurso de reposición contra providencia de apremio, la Agencia Tributaria del Ayuntamiento de Sevilla, nos traslada la siguiente información:

Solicitado Informe por el Defensor del Pueblo, continuando las actuaciones que se siguen en el expediente de Queja arriba referenciado instado por Dª. ..., y en referencia a lo solicitado hemos de poner de manifiesto que se trata de la sanción con número de Iiquidación 201301791911 (expediente sancionador 201200149912),

Contra la citada sanción, la interesada presentó alegaciones, que fueron desestimadas, presentó recurso contra la citada desestimación, así mismo desestimado y, recurso extraordinario de revisión resuelto en el mismo sentido, motivo por el cual la deuda no fue anulada, continuando en estado de ejecutiva.

Continuándose el procedimiento de cobro en ejecutiva contra el valor 201301791911, la interesada presenta recurso de reposición contra actos de ejecutiva realizados sobre dicha sanción, en fecha 7 de marzo de 2018. El citado recurso fue resuelto y notificado en fecha 5 de marzo de 2019, siendo el sentido de la resolución desestimatorio.”

En dicho informe la Administración nos indica que con fecha 5 de marzo de 2019 pasado le fue notificada la resolución dictada en respuesta a su Recurso de reposición formulado con fecha 7 de marzo de 2018.

En consecuencia, dado que la presente queja se admitió a trámite únicamente a los efectos de romper el silencio administrativo existente a la referida reclamación, a la vista de la información recibida, nos vemos obligados a dar por concluidas nuestras actuaciones en el expediente de queja.

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