Actuación de oficio del Defensor del Pueblo Andaluz formulada en el expediente 21/8802 dirigida a
Esta Defensoría tramitó un expediente de queja en el cual analizamos la demora del Ente Público en remitir una propuesta de adopción al Juzgado respecto de un menor al que la persona interesada en la queja tenía en acogimiento familiar con fines de adopción desde hacía 3 años, siendo todos los informes de seguimiento de dicho acogimiento familiar favorables y no existiendo, en apariencia, ningún otro impedimento para que el menor se integrase de forma definitiva en dicha familia.
En el trámite de dicho expediente de queja recibimos un informe de la administración en el que se reconocía la existencia de dicha demora y se justificaba la misma por la escasez de efectivos de personal en el Servicio de Protección de Menores, especialmente de licenciados en derecho, siendo así que estos profesionales tienen que hacer frente a la tramitación ordinaria de asuntos relativos a expedientes de protección de menores, para lo cual priorizan unos asuntos sobre otros, quedando postergada la remisión de propuestas de adopción, por tratarse de un trámite laborioso, que requiere de una argumentación jurídica y motivación adecuada; y en el que por otro lado los menores tienen cubiertas sus necesidades en la familia que los tiene acogidos, tal como era el caso expuesto en la queja, en el que los informes de seguimiento del acogimiento familiar eran muy favorables.
Nuestra intervención en dicha queja concluyó en congruencia con la información aportada por esa Delegación Territorial, señalando que se encontraba muy próxima (apenas un mes) la fecha en que sería remitida la propuesta de adopción al juzgado.
No obstante lo anterior, y a pesar de haber quedado solventado el caso por el que tramitamos la queja, a esta Defensoría sigue preocupando el problema de fondo causante del retraso en la intervención del Ente Público, en apariencia derivado de una insuficiencia de efectivos de personal, para lo cual, en ejercicio de los cometidos asignados a esta Defensoría de la Infancia y Adolescencia por la Ley 4/2021, de 27 de julio, hemos decidido iniciar, de oficio, un nuevo expediente de queja con la finalidad de evaluar la adecuación de la plantilla de personal del Servicio de Protección de Menores de Huelva en relación con las funciones que de modo ordinario le corresponde desarrollar.
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