Queja número 17/3681
La Administración constata que el retraso del que se quejaba el interesado ha llegado a superar los ocho meses de demora, siendo así que finalmente el órgano judicial dictó una providencia, interesando del punto de encuentro familiar la inmediata citación de las partes para comenzar el régimen de visitas.
El interesado se lamenta del retraso que acumula el inicio de las visitas a su hija en el Punto de Encuentro Familiar. El Juzgado de Violencia Sobre la Mujer dictó una sentencia estableciendo dicho régimen de visitas y a pasado ocho meses siguen sin comunicarle una fecha de inicio, ello a pesar de no tener ningún contacto con su hija desde hacía once meses.
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