Actuación de oficio del Defensor del Pueblo Andaluz formulada en el expediente 16/0371 dirigida a Consejería de Igualdad y Políticas Sociales, Delegación Territorial en Málaga
RESUMEN DEL RESULTADO (CIERRE DE QUEJA DE OFICIO)
La administración envía un informe en el que además de aludir al cumplimiento de lo establecido en el Reglamento de la Ley Orgánica 4/2000, sobre derechos y libertades de los extranjeros en España, se citan las actuaciones previstas en el Protocolo Marco sobre determinadas actuaciones en relación con los menores extranjeros no acompañados (MENAS).
También se informa detalladamente sobre menores inmigrantes no acompañados puestos a disposición del Ente Público en el primer semestre del año 2016 en cada una de las provincias de Andalucía.
02-02-2016 APERTURA DE LA QUEJA DE OFICIO
Hemos tenido conocimiento por noticias aparecidas en diversos medios de comunicación de la localización por las Fuerzas y Cuerpos de Seguridad del Estado de una patera, en la viajaban 55 personas, de las cuales 6 serían menores de edad, en la zona sureste de la costa de Málaga.
Según las crónicas periodísticas, los hechos ocurrieron la madrugada del pasado 27 de enero de 2016, cuando tras activarse el protocolo de control de inmigración irregular se procedió a la interceptación de la embarcación y a traslado de las citadas personas al dispositivo habilitado en el Puerto de Málaga.
Sin dejar de lado la preocupación de esta Institución por la correcta atención que se ha de prestar a aquellas personas retenidas en aplicación de la legislación de extranjería, el motivo de la presente actuación es para interesarnos de modo particular por la situación de desprotección en que pudieran encontrarse aquellos inmigrantes menores de edad, que a su condición de inmigrantes en situación irregular unen su dependencia de la persona adulta que habría de cumplir con la obligación de cuidarlos y atenderlos en sus necesidades.
De sobra es conocido que en muchas ocasiones estos menores afrontan su periplo migratorio a solas, sin ningún familiar o persona adulta que vele por ellos. En esta tesitura también se dan casos de menores indocumentados o no correctamente identificados, así como de menores que en su periplo migratorio se ven sometidos a la presión de redes de trafico de personas con fines ilícitos de explotación laboral o sexual.
Así pues, hemos decidido emprender, de oficio, una actuación en salvaguarda de los derechos de los menores para que se informe sobre la atención dispensada por el Ente Público de Protección a los menores que por encontrarse en situación de desproteccion hubieran quedado bajo la custodia del Ente Público de Protección, en garantía de sus derechos y bienestar.
18-12-2016 CIERRE DE LA QUEJA DE OFICIO
La administración envía un informe en el que además de aludir al cumplimiento de lo establecido en el Reglamento de la Ley Orgánica 4/2000, sobre derechos y libertades de los extranjeros en España, se citan las actuaciones previstas en el Protocolo Marco sobre determinadas actuaciones en relación con los menores extranjeros no acompañados (MENAS).
También se informa detalladamente sobre menores inmigrantes no acompañados puestos a disposición del Ente Público en el primer semestre del año 2016 en cada una de las provincias de Andalucía.
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