La Defensoría de la Infancia y Adolescencia de Andalucía

La Defensoría de la Infancia y Adolescencia de Andalucía es una institución creada por el Parlamento de Andalucía y tiene como misión la defensa y promoción de los derechos y libertades de las personas menores de edad. Sus actuaciones son totalmente gratuitas y no requieren de ningún formalismo especial.

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El Defensor del Menor reivindica el cumplimiento de un decálogo de principios inexcusables para proteger los derechos de la infancia y la adolescencia

El Defensor del Menor reivindica el cumplimiento de un decálogo de principios inexcusables para proteger los derechos de la infancia y la adolescencia

 

Jesús Maeztu entrega la Declaración de Tarifa de los Defensores del Pueblo sobre la atención a los menores migrantes a la Comisión de Infancia del Parlamento de Andalucía

 

El Defensor del Menor de Andalucía, Jesús Maeztu, ha reivindicado hoy el cumplimiento de un decálogo que reúne los principios “inexcusables” que permiten la protección y garantía de los derechos de los niños, niñas y adolescentes de Andalucía, entre los que se encuentran la lucha contra la pobreza infantil, el derecho a una educación de calidad e igualitaria, el acceso a una vivienda digna o la adecuada atención a los menores vulnerables.

Jesús Maeztu ha presentado el Informe del Menor 2018 ante la Comisión sobre Políticas para la Protección de la Infancia en Andalucía del Parlamento andaluz. Este Informe recopila la actuación del Defensor del Menor en 2018, año en el que realizó un total de 4.931 actuaciones, de las cuales 2.293 se refirieron a quejas y 2.638 a consultas. Las reclamaciones más cuantiosas afectaron a cuestiones de familia, como conflictos por la guarda y custodia de los hijos o la expedición de tarjetas de familia numerosa, seguido de Educación, Vivienda y Servicios Sociales.

El Defensor del Menor ha expuesto las principales demandas de la ciudadanía y las actuaciones de la Institución en lo referente a cuestiones de menores, condensadas en un decálogo de actuaciones que serviría como una hoja de ruta para garantizar el interés superior del menor. Este decálogo recoge como principios fundamentales la lucha contra la pobreza; el acceso a una educación de calidad e igualitaria; el derecho a la salud, a una vivienda digna o a un medio ambiente sostenible; el derecho a la protección de los menores vulnerables, entre los que se incluyen los que sufren abusos y otro tipo de malos tratos o la violencia de género. Completan el decálogo la garantía de un trato adecuado a los menores migrantes; el principio de derecho a una justicia juvenil; los derechos al acceso a la cultura, el ocio y el deporte, y el derecho a la participación.

Asimismo, el Defensor del Menor de Andalucía ha entregado a los miembros de la Comisión una copia de la Declaración de Tarifa, aprobada por el conjunto de los Defensores de España el pasado 16 de octubre, en la que promueven la defensa y protección de los niños y niñas que llegan a España sin la compañía de personas adultas que los protejan.

Entre otras cuestiones, el Defensor del Menor de Andalucía también ha dado la voz de alarma sobre que el incremento de la participación de las personas menores de edad y jóvenes en los juegos de azar, representando un serio riesgo para ellos dada su situación de vulnerabilidad. El Defensor ha alertado sobre los riesgos que conlleva esta “adicción sin sustancia” que constituyen los juegos de azar y se ha sumado a las voces que advierten sobre el riesgo de perder una generación por el juego de azar al igual que antaño se perdió otra por el consumo de drogas.

Entre otras demandas, Jesús Maeztu ha planteado profundizar en la investigación del fenómeno; incrementar las medidas preventivas contra el juego de azar por adolescentes y jóvenes, con campañas de educación y sensibilización, y que un porcentaje de la recaudación de la tasa fiscal sobre el juego se destine a la financiación de políticas de prevención y tratamiento de ludopatías, así como la prohibición de la publicidad de los juegos de azar en la Comunidad Autónoma o que, en el caso de que no se aceptara dicha prohibición, alternativamente se establecieran limitaciones, al modo en que se ha realizado con otras sustancias como el alcohol y tabaco.

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